La subvención que le corresponde a cada empresa es un % de la cuota de formación que esta empresa liquidó a la Seguridad Social el año anterior.
FUNDACIÓN TRIPARTITA ha determinado que dicho % esté en función del volumen de la plantilla, con el objetivo de favorecer una mayor financiación en las PYMES.
Remarcar que la subvención de FUNDACIÓN TRIPARTITA tiene carácter anual y no acumulable: aquel importe que no se agote en formación ejecutada durante el ejercicio vigente se perderá y al empezar el nuevo año la empresa dispondrá automáticamente de un nuevo crédito.
La gran ventaja de este sistema de gestión es que la subvención se deduce directamente de los boletines mensuales de cotización a la Seguridad Social: una vez finalizado un curso para el que se ha tramitado la subvención, la empresa podrá liquidar la bonificación correspondiente en el siguiente boletín.
Es importante señalar que el importe de la subvención no equivale necesariamente al coste abonado por la misma, es decir, la subvención puede ser inferior al coste de la formación, en función de una serie de factores que regula laFUNDACIÓN TRIPARTITA...
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